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La nueva legislación de la UE relativa al Registro, evaluación y autorización-restricción de sustancias y preparados químicos entró en vigor el 1 de junio de 2007. Conocida como REACH, dicha legislación exige que las empresas que fabrican o importan productos en la Unión Europea (UE) superando determinados volúmenes registren las sustancias y su uso en la recién creada Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA).

Requisitos para el registro

Hasta el 1 de diciembre de 2008 las empresas pudieron pre-registrar sus sustancias en REACH. El pre-registro concede a las empresas hasta 10 años para completar todo el proceso de registro sin dejar de comercializar sus productos. Los plazos del registro pleno dependen del volumen y, en algunos casos, de los peligros que planteen las sustancias químicas. Las sustancias de mayor riesgo y volumen deberán registrarse antes de diciembre de 2010; las sustancias de volumen moderado antes de junio de 2013 y, las sustancias de pequeño volumen, antes de junio de 2018.

Situación de REACH en Air Products

En Air Products llevamos cierto tiempo preparándonos para la legislación REACH. El proyecto de cumplimiento de REACH de Air Products aborda de manera adecuada los requisitos de la legislación en sus diversas fases.

Podemos confirmar que Air Products ha pre-registrado debidamente y según lo previsto todas las sustancias de nuestros productos, trabajando con nuestros proveedores para mantener nuestra posición en lo tocante a materias primas.

Productos pre-registrados por segmento

Mediante los vínculos que figuran a continuación se puede acceder a listas de productos que figurarán en nuestros pre-registros. Se ruega seleccionar el segmento del sector en el que se está interesado para acceder a información sobre los productos.

Si no encuentra el producto o desea formular alguna pregunta relacionada con REACH, póngase en contacto con nuestro Product Information Center de EE.UU. (PRODINFO@airproducts.com) o envíe una consulta a REACH@airproducts.com. Se puede disponer de más información por medio de las Preguntas más frecuentes sobre REACH (P+F).

Si le interesa un posible estudio de productos pre-registrados a cargo de un Representante exclusivo designado por Air Products, le rogamos que dirija su consulta a nuestro buzón de REACH.

En este momento tenemos previsto completar el registro de todos nuestros productos de las listas anteriormente citadas conforme al calendario que establece la legislación. Aún es demasiado pronto para dar un calendario preciso para el registro. Existe la posibilidad de que, pese a nuestros esfuerzos, las condiciones de suministro cambien entre el momento presente y las lejanas fechas límite de registro de 2013 y 2018, lo que haría que algunos productos no se registraran como está previsto actualmente. Puede estar seguro de que, en tal caso, Air Products se esforzará al máximo para avisar lo antes posible, a fin de gestionar una transición de tales características.

Números de pre-registro

Air Products puede confirmar que ha recibido de la manera debida los números de pre-registro de todas las sustancias pre-registradas y que todos los productos que figuran en las listas anteriormente indicadas disponen del pre-registro conforme a la directiva REACH relativa a la correspondiente cadena de suministro.

El número de pre-registro se genera de modo aleatorio y carece de la estructura o significado de un número de registro; no es específico de una sustancia ni de una empresa. En consecuencia, la recomendación tanto de la Comisión como de la CEFIC (Consejo Europeo de las Federaciones de la Industria Química) de la UE es que este número no tiene por qué publicarse. Por consiguiente, la política de Air Products es no suministrar números de pre-registro.

Comprendemos que nuestros clientes, que no necesariamente son miembros de los correspondientes FIIS (Foros de Intercambio de Información sobre Sustancias), puedan desear disponer de los números de pre-registro para gozar de mayor tranquilidad. No obstante, confiamos en que la clara e inequívoca declaración de confirmación de registro que aquí figura aporte suficiente tranquilidad.

Sustancias altamente preocupantes (SVHC)

La lista de sustancias que son susceptibles de inclusión en el Anexo XIV de la legislación REACH (Sustancias sujetas a autorización) ya la publicó la ECHA (Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos) a principios de año. Sin embargo, no está previsto que el propio Anexo XIV se publique hasta finales de 2009.

Puede tener la seguridad de que Air Products seguirá las novedades relativas a la lista del Anexo XIV y en comunicación permanente con sus clientes, conforme a las obligaciones contraídas en virtud de REACH, en relación con la inclusión de las citadas sustancias en cualquiera de los productos de Air Products.

Usos posteriores a la producción

No ha sido necesario incluir información de nuestros clientes sobre el uso posterior a la producción como parte del proceso de pre-registro. Sin embargo, es un elemento importante para el registro completo.

Cefic, conjuntamente con el Downstream Users of Chemicals Co-ordination Group (DUCC) y la Asociación Europea de Distribuidores de Sustancias y Preparados Químicos (FECC), ha elaborado una declaración sobre comunicación de usos y exposiciones. Esta declaración es para que las empresas informen a sus proveedores/clientes sobre el planteamiento del sector en cuanto a comunicación de información sobre uso y exposición, así como para transmitir que se deben evitar comunicaciones prematuras e inconexas referidas a los usos.

Véase dicha declaración en:

http://www.cefic.org/Files/Downloads/Cefic-FECC-DUCC_document-
on_use_FINAL.doc

Para poder iniciar la Valoración de la seguridad química se deben conocer todos los usos. El proceso “normalización del uso” (alignment on use) se ha creado para comunicar de modo eficaz los usos de una determinada sustancia. En virtud de este planteamiento, fabricantes e importadores comienzan a elaborar información sobre usos en colaboración con determinados clientes y con asociaciones de Usuarios intermedios. Ello debiera traducirse en una lista que incluya la mayoría de los usos. A continuación cada proveedor pone la lista a disposición de todos sus usuarios intermedios. Si un usuario intermedio no encuentra su uso en la lista, tiene la posibilidad de informar a su proveedor por medio de un formulario normalizado. Acto seguido, los fabricantes e importadores informarán a los Usuarios intermedios de los usos que se admiten.

El proceso de “normalización” debe tener lugar en las fases iniciales del proceso de registro. Se ruega tener en cuenta que no hay necesidad de informarnos todavía sobre los usos. En relación con las sustancias cuya fecha límite de registro sea el 30 de noviembre de 2010, la normalización de usos debe producirse a lo largo de 2009. En relación con las sustancias que tengan fechas límite de registro más tardías, se aplicará posteriormente el mismo planteamiento.

Se ruega tener en cuenta que a las sustancias exentas de la obligación de registrarse en virtud de los Anexos IV y V se les podrá dar cualquier uso a menos que otro reglamento lo restrinja. Dichas sustancias no requerirán que se comuniquen al proveedor los usos previstos, ya que no será necesario elaborar las hipótesis de exposición correspondientes. La mayor parte de los gases ordinarios que suministra Air Products están exentos por figurar en los Anexos IV o V (argón, oxígeno, nitrógeno, dióxido de carbono, hidrógeno, helio, kriptón, neón y xenón).

Para obtener más información sobre la legislación REACH y documentos orientativos relacionados, se ruega visitar el sitio web ECHA.

Contenido actualizado el 3 Marzo 2009

Contacto:

REACH Product Information Center de EE.UU.:
prodinfo@airproducts.com

o envíe una consulta a
REACH@airproducts.com

Información de producto:
Gases industriales y especiales  (PDF 21 K)
Electrónica  (PDF 31 K)
Materiales de alto rendimiento:

Aditivos epoxídicos
(PDF 19 K)

Productos químicos de poliuretano  (PDF 19 K)

Tensioactivos y aditivos especiales  (PDF 20 K)

Aditivos funcionales  (PDF 92 K) 

Cuidado e higiene personal (PDF 13 K)

Intermedios reactivos
(PDF 20 K)

Acoplamientos útiles:
Para obtener más información sobre la legislación REACH y documentos orientativos relacionados, se ruega visitar el sitio web ECHA.

 

 
 

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